domingo, 17 de noviembre de 2013

La LOPNNA otra vez será reformada

 ¿Será esta la respuesta correcta a la situación de la infancia y adolescencia?

La Historia

Imagen tomada de la web
Hace 14 años Venezuela dio un paso adelante en materia de protección de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), adaptando su legislación interna a la Convención Internacional sobre los Derechos del niño, se diseñó una ley "de avanzada" según la opinión de muchos quienes participaron férreamente en su concreción y otros que ni se acercan a entender el espíritu que de ella se desprende.

En 2007 a solo 9 años de vigencia de esta Ley el poder legislativo considero necesaria una reforma, aspectos relevantes fueron modificados, entre otros, los procedimientos judiciales en materia de protección fueron simplificados para un mayor acceso a la justicia y para una eficiente protección de la infancia y adolescencia en el ámbito jurisdiccional (tribunales de protección); otra de las modificaciones -más política a mi parecer- recae sobre los órganos administrativos del sistema de protección, donde se limitó la participación de la sociedad civil como venía funcionando desde sus inicios, recordando que fue gracias a ella que se motorizó el cambio de paradigma, dicha participación social se redujo a los Consejos Comunales cómo la forma de organización social, desconociendo cualquier otra que existiera, disminuyendo la autonomía del sistema en sus distintos ámbitos (Nacional y Municipal). El ámbito Estadal se eliminó.

La constitución de los Consejos Municipales de Derechos (encargados de diseñar las políticas públicas, manejar los recursos y proteger y velar por el cumplimiento de los derechos colectivos y difusos de los NNA) se modificó. La Lopna (2000), establecía una participación paritaria la sociedad civil (cualquier forma de organización social) y el ejecutivo municipal; en la Lopnna (2007) la participación de la sociedad se limita a los Concejos Comunales (CC) con 3 integrantes que serán electos según la Ley que los rige, por tanto, deben ser voceros y voceras del CC, además de 4 representantes de la alcaldía y el presidente o presidenta, estos 5 últimos son electos "a dedo" por el alcalde o alcaldesa, esta modificación, obviamente, trajo consigo un cambio sustancial en la forma de proteger a los NNA y en la aplicación del principio de Prioridad Absoluta establecido en la Ley y en la convención. Por qué? Porque aún en Venezuela y en los políticos no se ha internalizado la importancia de proteger a los NNA, de formarlos y criarlos de forma que se conviertan realmente en el futuro que transformará la sociedad que tenemos y no comprenden, por tanto, que el mayor gasto social se debe dirigir a esa población.


Nueva Reforma
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Pero la historia no termina allí, ahora la Asamblea Nacional (AN) plantea una nueva reforma, ya fue aprobada en primera discusión y seguramente la aprobarán en Segunda Discusión o a través de la Ley Habilitante. Este proyecto de reforma de ley, no fue discutido con la gente, muy pocos conocen lo que se intenta reformar, ni las razones que llevaron a los legisladores a considerar necesaria dicha reforma, los organismos que forman parte del Sistema de Protección de NNA no fueron consultados, no han participado en las discusiones.

En esta oportunidad la AN plantea reformar el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente (SRPA), que atiende a los adolescentes que hayan cometido algún hecho punible, para que sean sancionados de forma diferenciada en relación a un adulto, entendiendo su edad y el proceso de desarrollo en el cual se encuentra. Uno de los aspectos que se intenta reformar es la edad de inicio de la Responsabilidad Penal (RP), hasta ahora establecida en 12 años (edad de inicio de la adolescencia) por lo que todas y todos los adolescentes son sujetos de ser sancionado al cometer un hecho punible; la modificación lleva la edad de inicio de la RP de 12 a 13 años por lo que los adolescentes de 12 años que cometan hechos punibles quedarán bajo la responsabilidad del Sistema de Protección, específicamente los Consejos de Protección de NNA, quienes deberán dictar medidas de protección que permitan a los adolescentes no volver a cometer hechos punibles. Para esto, según la reforma, se contará con los CC quienes crearán programas para atender a los adolescentes y conseguir ese objetivo preventivo, de educación y formación. Adicionalmente, para los adolescentes que tengan 13 años o más y cometan hechos punibles esta nueva reforma incluye una nueva sanción que se llama “amonestación oral”, que es el llamado de atención que hace el juez o jueza al adolescente sobre el hecho cometido y buscando que se haga conciencia del daño causado, dejando constancia en acta que la sanción fue cumplida. El planteamiento de reforma incluye otras modificaciones de fondo en relación al procedimiento del juicio de los y las adolescentes con RP, promoviendo el derecho a la defensa, además de dedicar varios nuevos artículos a la inclusión de los CC  cómo parte importante del sistema, dándoles una responsabilidad relevante en el ámbito de prevención y atención de los y las adolescentes sancionados con medidas de servicio comunitario u otras que el juez o jueza considere. Adicionalmente incluye otras modificaciones de forma menos relevantes.

Al conocer estas modificaciones parece importante que el sistema de protección haya participado en las discusiones de la reforma ya que dentro de ella, se ven modificadas las atribuciones de los Consejos de Protección con relación al Sistema de Responsabilidad Penal del adolescente. Además de la necesidad de un conjunto de programas y proyectos que puedan hacer posible las atribuciones que se le dan a los Consejos Comunales. Y que los adolescentes de 12 años que hayan sido sancionados a la fecha por un hecho punible, pasarán a ser atendidos por el Sistema de Protección desde los Consejos de Protección.

La Realidad
Toda esta reforma parece una acción de buena voluntad de los legisladores, pero se les paso por alto revisar la realidad actual, ya que cuando analizamos la realidad vemos que la criminalidad en Venezuela ha cambiado su origen y su avance es desenfrenado; sabemos que la edad de inicio de la delincuencia y de la comisión de hechos punibles cada día va disminuyendo; conocemos la realidad de las entidades de atención del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente y su poca calidad formativa, educativa y de reinserción social; sabemos que los Consejos Comunales se han convertido en espacios de poder y de enriquecimiento de un grupo absolutamente politizado y parcializado, en los que no aparece por ninguna parte ideas y proyectos dirigidos a la infancia y adolescencia y muy pocos cuentan con vocerías dirigidas a atender la necesidades de los NNA, porque se le da prioridad a otras necesidades comunitarias (entendiendo que hay excepciones); sabemos que la forma de prevenir el delito de las y los adolescentes es ofreciendo una mayor y mejor protección y que eso se logra con un sistema de protección fortalecido, que trabaje en Red y no parceladamente; sabemos que las entidades de atención para protección y para responsabilidad penal están colapsadas porque hay demasiados NNA siendo protegidos o sancionados, con "Medidas de Abrigo" o privación de libertad respectivamente; sabemos que en los espacios que ha sido posible, se ha exigido la creación de programas dirigidos al fortalecimiento familiar, a la atención psicológica gratuita para los NNA y sus familias, la creación de hospitales de atención psiquiátrica, con equipos multidisciplinarios para la atención de los distintos trastornos del desarrollo y condiciones que se han venido descubriendo y diagnosticando a los niños, niñas y adolescentes y ninguna de ellas se han creado; si nos paseamos por esa realidad podemos concluir que el problema de fondo no es la reforma de la ley.

La Lopnna se cataloga como una ley de avanzada porque logra abarcar los aspectos más relevantes para generar una sociedad justa con los NNA. La debilidad, la pata coja no está dentro de la ley, está en la sociedad y en el ejercicio de la política, en la conciencia de los que tienen el poder para decidir y para que sus decisiones vayan dirigidas a que esta ley se cumpla tal como está establecida. Lamentablemente, para quienes están en cargos de poder, la solución a la realidad de la infancia no está en una reforma legislativa, la solución está en brindar una estructura fuerte para prevenir y proteger a los NNA, en la ley está claro que eso es responsabilidad de los Consejos de Protección, los Consejos de Derechos Municipales y las Defensorías de NNA, de los Proyectos y Programas, sí estos organismos, todos administrativos, contarán con la estructura que la ley prevé, la protección y la prevención de los NNA pudiera verse realizada en la sociedad y eso se traduciría en la disminución de la violación de los derechos de los NNA (familias con más herramientas para formar y criar con respeto y amor, colegios que brindan una educación respetuosa y no competitiva, familias en situación de pobreza extrema apoyadas por el Estado para brindar mejores condiciones a sus hijos e hijas, adolescentes involucrados en espacios culturales y recreativos, etc), lo que se traduce también en mejores condiciones para que ellos y ellas se inserten en la sociedad, en todos sus ámbitos y se conviertan en el futuro, en ciudadanos y ciudadanas pro activos, transformadores y democráticos. Si eso se logra, no sería necesario modificar la ley, para estadísticamente aparentar, que son menos los adolescentes sancionados por hechos punibles, o para disminuir el número de adolescentes sancionados por el sistema de responsabilidad penal y desocupar las entidades de atención y en última instancia disfrazar la realidad, porque la realidad seria otra.

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La solución no es legislativa, la solución está en la disposición de los políticos de tomar como importantes y fundamentales a los NNA, que el mayor gasto social sea para ellos, para su protección, para su educación, para que sus familias realmente tengan las posibilidades de garantizar sus derechos y fortalecer a las familias para que se mantengan unidas y críen a sus hijos con base en el respeto, la libertad y la democracia, porque desde la familia es que se siembran esos valores. Si esos cambios prácticos, cambios de acción, no se logran, no podemos aspirar una sociedad justa y humanizada.



Finalmente, es otra la prioridad, y nuevamente el Gobierno, que es el promotor de esta reforma, se equivoca, y se equivoca por no pedir la opinión de quienes saben y conocen del tema o por desmeritar su opinión. Por su poca amplitud para construir un país. Venezuela necesita que todos aportemos lo mejor que tenemos, pero el gobierno debe estar dispuesto a escucharnos. 

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